
Diplomado en CFDI
Es primordial el que contemos con personal capacitado de entender las distintas características de los CFDI para poder lograr la deducibilidad de las erogaciones como para evitar ser sancionado por las autoridades por no emitir los CFDI con los requisitos que las distintas disposiciones en materia de CFDI imponen a las empresas.
El participante al finalizar el diplomado comprenderá y conocerá todos y cada uno de los requisitos que se envuelven al rededor del CFDI, identificará los principales cambios al CFDI que entran en distintas fechas de este 2018 y cuáles son los diferentes tipos de comprobantes que puede hacer deducibles, así como los requisitos que deben de tener estos, en qué casos no será obligatorio tener un CFDI para deducir ciertos gastos, en qué casos y por qué circunstancias un comprobante no es deducible por requisitos de fondo y forma, en qué casos se puede cancelar un CFDI, las implicaciones por darle efectos fiscales a los CFDI cuando no reúnen requisitos, el cómo se deben de expedir los CFDI por administradores de vales de gasolina y de despensa, como emitir los CFDI que amparen mercancías de Importación, quien y en qué casos se debe de utilizar el complemento de notarios en la enajenación de bienes inmuebles, como y cuando se deben de emitir comprobantes globales, las facilidades para emitir los CFDI por nóminas, en qué casos y en que formato se deben de emitir las constancias de retenciones de impuestos, cuales son las sanciones por emitir comprobantes sin reunir todos los requisitos fiscales y/o darle efectos fiscales a comprobantes que no reúnen los requisitos, formas para entregar el comprobante al cliente, entre otros temas relacionados con los comprobantes fiscales y constancias de retenciones.
Conocer a fondo el nuevo complemento de comercio exterior, a partir de cuándo aplica, cuáles son sus requisitos y quien y en qué casos están obligados a incorporarlos al CFDI y lo más importante, conocer los cambios al anexo 20 así como cada uno de los completos del CFDI que debemos incorporar a los CFDI que emitimos para ser deducibles por los receptores.
